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Condiciones Generales de Viaje

CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE VIAJE COMBINADO – FER & FEL TRIP, S.L. (OICABOVERDE)

  1. IDENTIFICACIÓN DEL ORGANIZADOR Y MARCO LEGAL

Las presentes Condiciones Generales de Contratación (en adelante, CGC) regulan la oferta, contratación y ejecución de los viajes combinados organizados por FER & FEL TRIP, S.L., con NIF B66150442, domicilio social en Rosselló 340, 6-2 esc. izquierda, 08025 Barcelona, e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al Tomo 43998, folio 88, sección, hoja número 444030, inscripción 1 (en adelante, el Organizador), bajo la marca comercial Oi Cabo Verde.

La relación contractual se rige por estas CGC, por las Condiciones Particulares detalladas en el Presupuesto/Itinerario (Anexo I) y, de forma imperativa, por el Libro Cuarto del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (en adelante, TRLGDCU).

 

  1. INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL Y PERFECCIÓN DEL CONTRATO

De conformidad con el Artículo 153 de la Real Decreto Legislativo 1/2007, el Organizador facilitará al Viajero, antes de que este quede obligado por cualquier contrato:

  • El Formulario de Información Normalizada.
  • Un presupuesto detallado (Anexo I) con las características esenciales de los servicios.
  • El contrato se entiende perfeccionado en el momento en que el Viajero proceda a la firma electrónica del documento y realice el pago del anticipo estipulado en la Cláusula 4. El Viajero declara haber recibido y comprendido toda la información precontractual obligatoria.

 

  1. OBJETO DEL CONTRATO Y EXCLUSIÓN DE VUELOS INTERNACIONALES

El objeto es la prestación de un viaje combinado en la República de Cabo Verde. Según el Artículo 151 de la Real Decreto Legislativo 1/2007:

«“Viaje combinado”: la combinación de, al menos, dos tipos de servicios de viaje a efectos del mismo viaje o vacación… »

Exclusión de Vuelos Internacionales: Los vuelos de ida y vuelta desde el país de origen hasta Cabo Verde NO forman parte del viaje combinado. Su gestión es responsabilidad exclusiva del Viajero. El Organizador declina responsabilidad por retrasos o cancelaciones en dichos vuelos. Si el Viajero no se presenta al inicio de los servicios en destino por incidencias en sus vuelos internacionales, se aplicará el régimen de «No Show», perdiendo el derecho al reembolso de los servicios terrestres no disfrutados.

 

  1. PRECIO Y MODALIDADES DE PAGO

El precio total incluye los impuestos y conceptos detallados en el presupuesto, salvo tasas turísticas o de seguridad que deban abonarse en destino.

Anticipo: 50% del precio total al formalizar el contrato.

Saldo restante: 50% restante con una antelación mínima de 30 días naturales antes de la salida. El impago de los plazos facultará al Organizador a resolver el contrato aplicando las penalizaciones de la Cláusula 8.

 

  1. MODIFICACIÓN DEL PRECIO

El precio solo podrá revisarse por variaciones en el coste del transporte (combustible), tasas o impuestos de terceros (aterrizaje, embarque) y tipos de cambio. Según el Artículo 158 de la Real Decreto Legislativo 1/2007:

«Con independencia de su cuantía, solo será posible un aumento de precio si el organizador o, en su caso, el minorista lo notifican al viajero de forma clara y comprensible… a más tardar veinte días naturales antes del inicio del viaje combinado.»

Si el aumento excede el 8% del precio total, el Viajero podrá resolver el contrato sin penalización.

 

  1. OPERATIVA ESPECÍFICA EN CABO VERDE (VUELOS Y ALOJAMIENTOS)

Vuelos Domésticos: Son operados por aerolíneas locales (CVSky o similares) y forman parte del viaje combinado. Los ajustes horarios derivados de su operativa se consideran modificaciones insignificantes conforme al Artículo 159 de la Real Decreto Legislativo 1/2007, siempre que no afecten a la ejecución global del viaje.

Alojamientos: Los hoteles del presupuesto son «de referencia». La confirmación definitiva se comunicará entre 2 y 5 semanas tras la firma. El Organizador garantiza que, en caso de sustitución, el nuevo alojamiento será de categoría equivalente o superior.

 

  1. CESIÓN DEL CONTRATO

El Viajero puede ceder su reserva a una persona que reúna todas las condiciones requeridas, comunicándolo en soporte duradero con al menos 7 días naturales de antelación. Según el Artículo 157 de la Real Decreto Legislativo 1/2007:

«El cedente del contrato y el cesionario responderán solidariamente de la cantidad pendiente de pago del precio acordado, así como de cualquier comisión, recargo u otros costes adicionales derivados de la cesión.»

 

  1. DESISTIMIENTO DEL VIAJERO Y PENALIZACIONES

El Viajero puede resolver el contrato en cualquier momento pagando una penalización:

Más de 30 días: Gastos de gestión ([IMPORTE] €) + Gastos de anulación justificados (servicios no reembolsables como vuelos domésticos o ferris).

Entre 30 y 8 días: 50% del importe total.

7 días o menos / No presentación: 100% del importe total. Excepción: Resolución sin penalización por circunstancias inevitables y extraordinarias en el destino que afecten significativamente al viaje (Artículo 160 de la Real Decreto Legislativo 1/2007).

 

  1. RESPONSABILIDAD Y DEBER DE ASISTENCIA

El Organizador responde de la ejecución de los servicios según el Artículo 161 de la Real Decreto Legislativo 1/2007. Proporcionará asistencia adecuada y sin demora al Viajero en dificultades (información sanitaria, consular y búsqueda de alternativas) a través del Número de Asistencia 24/7: [+34 XXX XXX XXX / +238 XXX XX XX]. Si la imposibilidad de retorno se debe a circunstancias extraordinarias, el Organizador asumirá el coste del alojamiento necesario (máximo 3 noches por viajero).

 

  1. DOCUMENTACIÓN, REQUISITOS DE ENTRADA Y SALUD

Es responsabilidad exclusiva del Viajero formalizar los trámites aduaneros y sanitarios.

Pasaporte: Debe tener una vigencia mínima de 6 meses (recomendado 9 meses).

EASE: Es obligatorio realizar el pre-registro electrónico y abonar la Tasa de Seguridad Aeroportuaria en la web oficial (www.ease.gov.cv) al menos 5 días hábiles antes de la salida. El Organizador declina responsabilidad si el Viajero es rechazado en frontera por falta de documentación.

 

  1. EQUIPAJES Y ENSERES PERSONALES

En el transporte terrestre, el equipaje permanece bajo custodia y riesgo del Viajero. En transporte aéreo doméstico, rigen las condiciones de la aerolínea. En caso de incidencia, el Viajero debe presentar la reclamación (P.I.R. en vuelos) directamente ante el transportista. El Organizador prestará asistencia en las comunicaciones según el Artículo 163 de la Real Decreto Legislativo 1/2007.

 

  1. POLÍTICA SOBRE MENORES Y NECESIDADES ESPECIALES

Menores: Deben viajar siempre acompañados por un adulto responsable debidamente autorizado.

Necesidades Especiales: El Viajero debe comunicar antes de la firma cualquier condición física o médica (movilidad reducida, alergias) que requiera adaptación de los servicios.

 

  1. GARANTÍA DE INSOLVENCIA

El Organizador garantiza el reembolso y repatriación en caso de insolvencia conforme al Artículo 164 de la Real Decreto Legislativo 1/2007.

Entidad Garante: Markel Insurance SE, Sucursal en España.

Póliza: 221047.

 

  1. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Los datos se incorporarán a un fichero de FER & FEL TRIP, S.L. para la gestión del contrato y ejecución del viaje, incluyendo transferencias internacionales a proveedores en Cabo Verde. El titular puede ejercer sus derechos (acceso, rectificación, supresión) en protecciondedatos@oicaboverde.com.

 

  1. RESOLUCIÓN DE LITIGIOS Y JURISDICCIÓN

Ante controversias no resueltas, el Viajero puede acudir a la plataforma de resolución de litigios en línea de la UE: https://ec.europa.eu/consumers/odr/. El contrato se rige por la Ley Española. Las partes se someten a los Juzgados y Tribunales del domicilio del consumidor.